El importe de la indemnización por secuelas de accidente de tráfico se calcula a partir de la gravedad de la secuela, la edad del lesionado y las circunstancias del accidente. El valor medio de un punto de secuela es de 1.000 euros, pero puede variar en función de estos factores.
Si has sufrido secuelas en un accidente de tráfico, es posible que te interese saber cómo calcular la indemnización que te corresponde. En este artículo, le explicamos los principales aspectos a tener en cuenta para realizar este cálculo.
Contenido
- 1 ¿Qué es una secuela?
- 2 ¿Quién tiene derecho a una indemnización por secuelas?
- 3 ¿Cómo se calcula la indemnización por secuelas?
- 4 Valoración de las indemnizaciones por secuelas
- 5 Perjuicio personal básico por secuelas
- 6 Perjuicio personal particular por secuelas
- 6.1 Daños morales complementarios al perjuicio psicofísico, orgánico y sensorialpsicológicas
- 6.2 Daños morales complementarios al perjuicio estético
- 6.3 Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida del lesionado (antiguas invalideces)
- 6.4 Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de familiares de grandes lesionados
- 6.5 Pérdida de feto a consecuencia del accidente
- 6.6 Perjuicio excepcional
- 7 Perjuicio patrimonial causado por las secuelas
- 8 Tabla de lucro cesante
- 9 Quién puede calcular la indemnización por secuelas
¿Qué es una secuela?
Las secuelas son aquellas deficiencias físicas, intelectuales, orgánicas y sensoriales y los perjuicios estéticos derivados de una lesión que persisten finalizado el periodo de curación (alta médica).
Algunas desaparecen después del proceso de curación mientras que otras son permanentes en la vida del lesionado por accidente de tráfico.
¿Quién tiene derecho a una indemnización por secuelas?
En general, tienen derecho a una indemnización por secuelas los propios lesionados y los familiares de grandes lesionados que no pueden llevar a cabo la mayor parte de las actividades esenciales de la vida.
¿Cómo se calcula la indemnización por secuelas?
La forma en que se calcula el punto de secuela es a través de un baremo que nos establece valores numéricos en una escala de cero (0) a cien (100) y el cual ha estado vigente desde el año 2016. Se basa principalmente en las secuelas físicas y materiales que hayan resultado de un accidente, cada una tiene un valor económico, y con este baremo se puede saber la cantidad que le pertenece a los afectados.
Valoración de las indemnizaciones por secuelas
Las indemnizaciones por secuelas se cuantifican conforme a las disposiciones y reglas que se establecen en el Boletín Oficial del Estado número 228 con fecha del 23 de Septiembre del año 2015.
Perjuicio personal básico por secuelas
Esta tabla nos dice cuánto debería pagarse por daños personales básicos, basándose en las reglas del sistema que estamos usando.
El primer paso para calcular la indemnización es recurrir al baremo médico, que asigna puntos según la gravedad de cada secuela. Estas secuelas están organizadas en función de su ubicación en el cuerpo y su intensidad. Es fundamental que un médico especialista en valoración del daño corporal realice esta asignación.
Después de determinar la secuela, se le agregan variables como la edad de la persona o el momento del día. Una vez determinados los puntos por secuela, se suma el total y se consulta el baremo económico. Este proporciona una cuantificación económica según los puntos y la edad del lesionado en el momento del accidente.
Secuelas físicas
Este tipo de secuelas son las más visibles, se refieren a la movilidad, daño en la función o amputación de una parte del cuerpo.
Concurrentes
Si existen múltiples secuelas funcionales, se aplica la fórmula de Balthazard. Esta fórmula tiene en cuenta la secuela con mayor puntuación y las subsecuentes para dar una puntuación global.
[[(100 – M) x m] / 100] + M
Interagravatorias
Si las secuelas afectan funciones comunes, la puntuación obtenida se incrementa en un 10%.
Agravantes del estado previo
Si el accidente agrava una condición preexistente, se aplica una fórmula especial que tiene en cuenta la puntuación actual y previa de la secuela. Se aplicará la siguiente fórmula donde la “M” es la puntuación de la secuela en el estado actual y la “m” la puntuación de la secuela preexistente, teniendo en cuenta que si el resultado contiene fracciones decimales se redondea a la unidad más alta
(M – m) / [1 – (m/100)]
Secuelas estéticas
Las cicatrices, quemaduras y cualquier otra marca de manera visible son secuelas estéticas. Para su valoración, se consideran factores como visibilidad, reacción emocional y afectación a las relaciones interpersonales. Existen diferentes grados de repercusión estética, desde "ligero" hasta "importantísimo", y cada uno tiene una valoración específica.
El punto de secuela dependerá si se puede corregir con un procedimiento estético como la cirugía, o si la marca es de manera permanente. Tienen un puntaje de cero (0) a cincuenta (50) especificados de la siguiente manera:
Aquí tienes la tabla solicitada:
Perjuicio estético | Puntos de secuela | Ejemplo |
---|---|---|
Ligero | 1-6 | Pequeñas cicatrices situadas fuera de la zona facial (por ej. una cicatriz de 2 cm en la espalda y otra de 1 cm en el codo). |
Moderado | 7-13 | Amputación de un solo dedo, cojera leve, cicatrices menos visibles en la zona facial (por ej. una pequeña cicatriz en la mejilla) o cicatrices en otras zonas del cuerpo menos graves (por ej. cicatriz de 10 cm en el brazo). |
Medio | 14-21 | Amputación de más de un dedo, cojera o cicatrices muy visibles en la zona facial (por ej. una cicatriz en la frente, otra en la nariz y otra en la mejilla) o extensas en otras zonas del cuerpo (por ej. cicatriz de 20 cm en el brazo). |
Importante | 22-30 | Parálisis de la mitad inferior del cuerpo (paraplejia) o amputación de alguna extremidad como la amputación de una pierna. |
Muy importante | 31-40 | Parálisis conjunta de las cuatro extremidades del cuerpo (tetraplejia) o amputación de dos extremidades, como la amputación de ambos brazos. |
Importantísimo | 41-50 | Grandes quemaduras o grandes alteraciones en la cara o cuerpo. |
Perjuicio personal particular por secuelas
Esta tabla nos muestra cuánto se debe pagar por daños personales que son poco comunes o muy específicos, siempre siguiendo las reglas de nuestro sistema.
Daños morales complementarios al perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial
psicológicas
Existen las secuelas emocionales que, al contrario de las físicas, no son fáciles de detectar, podemos encontrar shocks, estrés postraumático, depresión, entre otros. Estas requieren atención de un psicólogo o psiquiatra. Debido a la desinformación muchos no toman en cuenta estos resultados derivados de accidentes.
Daños morales complementarios al perjuicio estético
Si se sufre un daño estético con un valor de al menos 36 puntos (por ejemplo, una quemadura de 4º grado valorada en 40 puntos), se reconocen daños morales.
Indemnización: Entre 9.600€ y 48.000€, dependiendo de la gravedad y edad del afectado.
Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida del lesionado (antiguas invalideces)
- Muy grave: Pérdida casi total de autonomía, como en el caso de una tetraplejia. Indemnización: 90.000€ - 150.000€.
- Grave: Limitaciones significativas en actividades esenciales, como en el caso de amputación de una pierna y un brazo. Indemnización: 40.000€ - 100.000€.
- Moderado: Limitaciones en actividades específicas, como un músico que no puede tocar debido a parálisis en algunos dedos. Indemnización: 10.000€ - 50.000€.
- Leve: Limitaciones en actividades particulares, como una leve cojera que cambia las funciones laborales. Indemnización: 1.500€ - 15.000€.
Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de familiares de grandes lesionados
Familiares que cuidan de personas con graves lesiones tienen un reconocido daño moral.
Indemnización: 30.000€ - 145.000€, basado en la atención requerida por el lesionado. Solo el lesionado puede reclamar este monto.
Pérdida de feto a consecuencia del accidente
Indemnización por la pérdida de un feto tras un accidente.
Indemnización: 15.000€ si ocurre antes de 12 semanas de gestación, 30.000€ si es después.
Perjuicio excepcional
Daños no contemplados pero relevantes por circunstancias singulares.
Indemnización: Proporcional, hasta el 25% de la indemnización básica.
Perjuicio patrimonial causado por las secuelas
Aquí, se determina cuánto pagar por daños a propiedades o bienes. Se divide en dos partes: la primera es por cosas que se perdieron o dañaron (daño emergente) y la segunda es por beneficios o ganancias que se dejaron de obtener a causa del daño (lucro cesante).
Gastos de asistencia sanitaria y rehabilitación
Este se refiere a las pérdidas económicas que el lesionado sufre como resultado de sus secuelas. El daño emergente contempla gastos como asistencia sanitaria futura, prótesis, rehabilitación, entre otros. El lucro cesante, por otro lado, se refiere a las ganancias que el lesionado dejará de percibir en el futuro debido a su condición.
Gastos por pérdida de autonomía personal
- Ayudas técnicas o productos de apoyo:
- Descripción: Gastos necesarios para productos de apoyo vitalicios con informe médico.
- Indemnización máxima: 150.000€.
- Consideraciones: Coste de las ayudas, tipo de secuela, edad del lesionado y periodicidad de renovación.
- Adecuación de la vivienda:
- Descripción: Costes de adaptación de la vivienda o diferencia de coste al adquirir o alquilar una adaptada.
- Indemnización máxima: 150.000€.
- Incremento de costes de movilidad:
- Descripción: Gastos adicionales de movilidad, adaptación de vehículos, entre otros.
- Indemnización máxima: 60.000€.
- Consideraciones: Grado de movilidad, adaptación del vehículo, edad del lesionado y futuras adaptaciones.
- Gastos de ayuda de una tercera persona:
- Descripción: Asistencia necesaria debido a secuelas que afectan la autonomía personal.
- Consideraciones: Puede ser sustituida por atención sanitaria si la aseguradora asume los gastos.
Tabla de horas diarias de ayuda según tipo de secuela:
Tipo de Secuela | Horas de ayuda diaria |
---|---|
Hasta 6 horas | Sumar 50% de horas de otras secuelas a la secuela mayor |
Más de 6 horas | Sumar 25% de horas de otras secuelas a la secuela mayor |
- Nota: Si se agrava un estado previo, se utiliza una fórmula específica para calcular las horas.
Tabla de indemnización según horas y edad:
Edad del lesionado | Factor de incremento |
---|---|
50 - 60 años | 1,10 |
60 - 70 años | 1,15 |
Más de 70 años | 1,30 |
La indemnización se basa en las horas de ayuda diaria y en la edad del lesionado, con un factor corrector aplicado a partir de los 50 años.
Tabla de lucro cesante
El lucro cesante es la ganancia que dejamos de percibir en un futuro por padecer secuelas.
Lucro Cesante en Lesionados con Pérdida de Ingresos de Trabajo Personal
- Base de cálculo:
- Ingresos netos del año anterior al accidente o la media de los 3 años previos si es mayor.
- En situación de desempleo, se consideran las prestaciones o, en su ausencia, el salario mínimo interprofesional anual (SMI).
- El mínimo a considerar siempre es el SMI.
- Incapacidades y porcentaje de perjuicio:
- Absoluta (no puede trabajar): 100% de perjuicio.
- Total (no puede realizar trabajo habitual):
- 55% de perjuicio hasta los 55 años.
- 75% de perjuicio a partir de los 55 años.
- Parcial (disminución de 33% o más de ingresos): equivalente a dos años de ingresos.
Lucro Cesante en Lesionados Menores de 30 Años sin Empleo
- Solo aplica en incapacidad absoluta o total a partir de los 30 años.
- Absoluta: 1,5 SMI.
- Total: 0,8 SMI (55% de 1,5 SMI).
- Incremento de hasta 20% si el lesionado tiene formación superior.
Lucro Cesante en Lesionados Dedicados al Hogar
- Solo considerado en incapacidad absoluta o total desde la estabilización de las secuelas.
- Absoluta:
- 1 SMI base.
- Aumento del 10% por cada persona menor, discapacitado o mayor de 67 años en una familia de más de 2 personas, con límite de 1,5 SMI.
- Total: 0,55 SMI (55% de 1 SMI).
- Absoluta:
- Se aplicará un incremento del 25% al importe resultante, ya que las tablas consideran que un trabajador siempre percibirá una pensión, pero alguien dedicado al hogar no.
Las referencias a las tablas (2C4, 2C5, 2C6, 2C7, 2C8) sugieren que hay valores concretos para cada escenario, pero en este resumen se omite la aplicación directa para simplificar.
Quién puede calcular la indemnización por secuelas
En caso de querer evaluar el punto de secuela por tu propia cuenta, se puede buscar pues cada variable y secuela tiene su valor económico especificado, solo consta de sumar una por una.
Todos podemos aplicar formula y calcular cuantía de la indemnización a percibir. Sin embargo, las compañías aseguradoras normalmente ofrecen un monto menor de lo que realmente es y puede tratar de convencernos que la cuantía que exigimos no es el correcta
Por este motivo, es recomendable contar con los servicios de un abogado experto en indemnizaciones por secuelas y exigir nuestros derechos. El trabajo del abogado es asignar el punto de secuela correspondiente y poder referir eso a una indemnización económica, cada secuela resultante de la lesión es sumada para llegar a la conclusión final.
También se debe contar con un médico que pueda corroborar cualquier secuela física o estética que se pueda tener. Los especialistas evalúan cada una de las secuelas en el momento de estabilidad del afectado, y le asignan el punto de secuela correspondiente al daño después de la lesión. Esto ayuda a que la persona pueda llevar una calidad de vida lo más parecida posible a la que llevaba antes del accidente de circulación.
En algunas ocasiones, si el abogado no llega a un acuerdo con la compañía aseguradora, se procede a iniciar un juicio civil para que establezca dicha negociación.
Determinar una indemnización justa por secuelas es un proceso meticuloso que requiere la intervención de expertos. Si usted o un ser querido ha sufrido un accidente y presenta secuelas, es esencial contar con el asesoramiento de profesionales en el área para garantizar una compensación adecuada. Recuerde que cada caso es único, y lo más importante es garantizar el bienestar y recuperación del afectado.
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