Indemnización por atropello

Indemnización por atropello

La indemnización por atropello es una de las indemnizaciones más reclamadas en nuestro país. Los abogados expertos en accidentes de tráfico de Ius & Lex abogados han creado esta guía especial para aquellas personas que han sufrido un atropello cruzando un paso de cebra o cruzando sencillamente una calle.

Por lo general, las dudas de los lesionados viene referidas a ¿Qué indemnización me corresponde por atropello?¿Cómo pedir un indemnización por atropello si he sufrido lesiones?¿Cuál es el cálculo para una indemnización de estas características?

En la presente guía, analizaremos diversas situaciones: atropellos con lesiones, sin lesiones, un atropello con resultado de muerte o qué hacer si nos han atropellado si no estábamos cruzando por un paso de cebra debidamente.

En cualquier caso, la complejidad en esta clase de situaciones, hace necesario contar con el asesoramiento tanto de abogados expertos en lesiones de tráfico, como de peritos y centros médicos que nos presten un servicio integral en la recuperación de la lesión y que deberá pagar la empresa aseguradora.

Pasos a seguir
  1. Indemnización por atropello en paso de peatones: cuando el peatón es la víctima
  2. Indemnización por atropello en paso de peatones sin lesiones
  3. Indemnización por atropello en paso de peatones con lesiones
  4. Ejemplos de indemnización por atropello en un paso de cebra: ¿Qué situaciones de pueden dar?
  5. La indemnización por atropello mortal del peatón: el fallecimiento del peatón
  6. La indemnización por atropello en bicicleta

Indemnización por atropello en paso de peatones: cuando el peatón es la víctima

En aquellos casos en los que nuestros abogados y tramitadores gestionan una indemnización por atropello en paso de peatones, nuestros profesionales son conscientes de que la víctima o lesionado se encuentra en una situación física vulnerable y requiere el mejor asesoramiento legal, pero también un acompañamiento emocional en la recuperación de sus lesiones por el atropello.

Un atropello en un paso de cebra puede ofrecer dudas al lesionado. En muchas ocasiones aquellas personas que han sufrido un atropello no reclaman la indemnización que les corresponde porque piensan que tendrán que probar o acreditar que no han sido ellos quiénes provocaron el atropello.

Algo que tenemos claro en Ius & Lex es que lo primero que deben hacer nuestros asesores es explicar a la persona atropellada que en aquellos casos en los que el peatón es lesionado en un paso de cebra, por lo general, el peatón tenía prioridad y por tanto le corresponde cobrar una indemnización por este atropello para compensar las lesiones, los tratamiento médicos y los días impeditivos que pudiera haber sufrido por causa del atropello.

Es esta clase de indemnizaciones de tráfico, debemos distinguir dos clases de atropello en paso de cebra y su correspondiente indemnización: la indemnización al ser atropellado en paso de peatones sin lesiones y con lesiones. Otro apartado diferente es el del ciclista que sufre en un atropello mientras cruza un paso de cebra, podremos ver más adelante esta situación más concretamente.

Indemnización por atropello en paso de peatones sin lesiones

Cuando hablamos de una indemnización por atropello en paso de peatones sin lesiones, nos puede venir a la mente que no se han producidos una lesión física directamente como consecuencia del accidente. No obstante la falta de lesión física no impide que el peatón tenga derecho a un resarcimiento económico derivado de la responsabilidad civil del conductor en aquellos casos en los que se ha producido un daño material distinto del físico.

Un ejemplo sobre indemnizaciones por un atropello sin lesiones son la rotura de lentes de contacto, gafas, prendas de vestir o un teléfono móvil por ejemplo. La finalidad de la acción indemnizatoria tiene como espíritu el devolver las cosas a su lugar como si la situación no se hubiera dado, por lo que en caso de sufrir un atropello y se han producido daños en algún objeto que portemos, tendremos derecho a recibir la correspondiente indemnización aun sin lesiones físicas.

Indemnización por atropello en paso de peatones con lesiones

La indemnización en un atropello en caso de peatones con lesiones es el escenario que, por desgracia, más se dan el día a día. Cuando un peatón es atropellado existen múltiples factores que determinarán la cuantía a la hora de calcular la indemnización que le corresponde. Desde Ius & Lex abogados analizamos la situación de manera completamente individualizada y pormenorizadamente.

Si la lesión se ha producido por culpa del conductor (por ejemplo se ha saltado un semáforo, no ha visto al peatón o había malas condiciones meteorológicas en la vía) el seguro de circulación obligatorio que tenga contratado se tendrá que hacer responsable desde de los tratamientos médicos hasta de rehabilitación.

En caso de haber padecido secuelas, necesitar algún tipo de prótesis o haber dejado de poder trabajar, la correspondiente indemnización si has sido atropellado de peatón con lesiones, deberá tener en cuenta esta clase de situaciones a la hora de recibir la correspondiente oferta motivada por parte de la aseguradora.

 NO debemos olvidar que el accidentado o la persona que ha sufrido un atropello en una paso de cebra, podrá designar libremente abogado que le represente frente a la entidad aseguradora. Es muy importante contar con el asesoramiento de un profesional externo a los intereses del seguro.

Ejemplos de indemnización por atropello en un paso de cebra: ¿Qué situaciones de pueden dar?

En aquellas ocasiones en las que el peatón es atropellado en un paso de cebra, sufra lesiones o no, se pueden dar una serie de situaciones que determinarán la posibilidad de recibir una indemnización como consecuencia del atropello.

Entre las situaciones más habituales, en caso de no poder encontrar en este listado su caso concreto le recomendamos que se ponga en contacto con nosotros para recibir un primer asesoramiento sin ningún tipo de compromiso, se pueden dar las siguientes:

1.- La culpa del atropello del peatón en paso de cebra es del conductor del vehículo: el conductor del vehículo tiene una responsabilidad mayor que el peatón a la hora de ser prudente en la manera en que circula por una vía. Si el peatón se encontraba cruzando un paso de peatones o de cebra, la compañía aseguradora del conductor será la responsable de hacer cargo de la indemnización.

2.- El peatón es atropellado, pero no ha tenido un comportamiento prudente: en aquellos casos en los que el conductor atropella a un viandante sin respetar, por ejemplo, la velocidad de la vía, junto con la imprudencia del peatón que cruzaba por donde no debía, la aseguradora deberá establecer el conocido como cálculo indemnizatorio por concurrencia de culpa. Ni el conductor había tenido un comportamiento correcto, ni el peatón ha sido prudente.

3.- El vehículo atropella a un peatón y se da a la fuga: En este caso, si el peatón a atropellado no puede identificar el vehículo que ha realizado la acción imprudente y además posiblemente ha cometido un delito de omisión del deber de socorro, el peatón tendrá derecho a una indemnización por parte del Consorcio de Compensación de Seguros.

Como podemos ver, estas son las clásicas situaciones en las que se produce un atropello y, en todas ellas, el peatón atropellado tendrá derecho a una indemnización por parte o de la compañía aseguradora o por el CCS del que todas las empresas de seguros forman parte.

La indemnización por atropello mortal del peatón: el fallecimiento del peatón

La indemnización por atropello mortal del peatón es, sin duda alguna, la peor noticia tanto para los familiares del fallecido como para los abogados o tramitadores que gestionamos la posible responsabilidad en esta clase de situaciones.

Cuando un peatón fallece en un atropello producido en un paso de cebra, más allá de la posible responsabilidad penal del conductor que ha realizado el atropello mortal, nuestro equipo de abogados se ocupará de que los familiares del fallecido reciban la correspondiente indemnización por el fallecimiento de su familiar atropellado.

En esta clase de indemnizaciones, es cuando más apoyo deberá recibir por parte de sus asesores dado que la situación emocional es complicada y la toma de decisiones en cada momento debe hacerse con el acompañamiento de un profesional que vele por nuestros intereses mientras nosotros asumimos tan terrible pérdida.

La indemnización por atropello en bicicleta

Las indemnizaciones por atropello en bicicleta se han disparado en los últimos años. El uso, cada vez más generalizado, de este medio de transporte en las ciudades con tráfico rodado muy denso, ha empezado a plantear la primeras indemnizaciones por el atropello de una bicicleta.

En esta clase de situaciones debemos de distinguir dos situaciones diferentes: cuando el ciclista es el atropellado o cuando un peatón es atropellado por un ciclista. En ambas situaciones se tendrá derecho a una indemnización por haber sido atropellado, pero el sujeto indemnizador o responsable de la indemnización por responsabilidad civil, será completamente diferente.

1.- La indemnización por el atropello de un ciclista por parte de un vehículo a motor: este caso, altamente lesivo para el ciclista dada la fragilidad en comparación con el coche, autobús o motocicleta, se gestionará como un accidente de tráfico "normal". El responsable de la indemnización que le corresponda recibir al ciclista será la empresa aseguradora del conductor.

2.- La indemnización por el atropello de un peatón por parte de un ciclista: aunque no nos encontremos ante un accidente de tráfico propiamente dicho, en estos casos las persona que sufra lesiones físicas o daños de cualquier clase, tendrá derecho a una indemnización por haber sido atropellado. Dentro de esta situación podemos distinguir dos apartados.

2.1.- El atropello producido por un ciclista a un peatón, con su propia bicicleta: en estos casos el ciclista será directamente responsable de la posible indemnización. La responsabilidad civil derivada de este atropello podrá abonarse por parte del patrimonio del propio ciclista o por la cobertura de responsabilidad civil que tenga en su seguro del hogar.

2.2.- El atropello producido por un ciclista a un peatón, con bicicleta alquilada: en estos casos en los que el peatón es atropellado por una bicicleta alquilada, el responsable será la empresa de alquiler de bicicletas que deberá tener suscrito un seguro obligatorio para esta clase de situaciones.

El uso generalizado de bicicletas de alquiler en las grandes ciudades, mediante el arrendamiento de bicicletas a empresas municipales como BiciMad (Bici Madrid), Bicing (Bici Barcelona), ValenBisi (Bici Valencia) o Bilbao Bizi (Bici Bilbao), no nos debe hacer olvidar que al alquilar una bicicleta municipal estamos pagando un seguro que deberá hacerse cargo de cualquier indemnización por accidente de circulación.

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Áreas de especialización:

.- Derecho de los Consumidores y miembro de la Asociación Española de Derecho de Consumo (AEDC).
.- Derecho del Seguro y responsabilidad civil.
.- Derecho Civil.
.- Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) N.º 121.279.

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