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Indemnización por pérdida de la agudeza auditiva en accidente de tráfico

Última actualización: 05/05/2024
Tiempo de lectura: 9 minutos

¿Cómo duplicamos la indemnización por un accidente de tráfico, con una pérdida de la agudeza auditiva, de 18.891,52 € a un total de 45.532,28 €?

En el caso de éxito siguiente vamos a explicar cómo debe realizarse la gestión de una reclamación de accidente tráfico con una lesión tan grave como la pérdida de agudeza auditiva o sordera. Es importante que tengas en cuenta que, lo relatado a continuación, es el resumen de muchas horas de trabajo y de un conocimiento jurídico que solo tiene un despacho experto en accidentes de circulación.

Resumen del caso:

  • Motivo: Reclamación por accidente de tráfico en Mérida
  • Fecha del accidente: 17/5/2019
  • Importe inicial ofrecido: 18.891,52 €
  • Importe conseguido: 45.532,28 €
  • Nº de Lesionados: 1
  • Reclamación contra: Liberty Seguros
  • Daños reclamados:
    • Pérdida de la agudeza auditiva.
    • Hipoacusia neurosensorial postraumática.
    • Perjuicio estético moderado.
    • Pérdida de calidad de vida ocasionada por secuelas.
    • Productos técnicos o ayudas sanitarias.
    • Gastos médicos.
  • Resolución: Judicial.

"Esto son lentejas, o las tomas o las dejas"

Siempre he pensado que gran parte de los lesionados por accidentes de tráfico terminan contratando un despacho de abogados especialista externo por la mala gestión del servicio jurídico que le ofrece su propio seguro. Este es el caso de J.M.R (en adelante Jaime).

Cuando Jaime se puso en contacto con el despacho, lo hizo porque ya tenía una oferta de indemnización por el accidente que le había trasladado su abogado del seguro de manera verbal por 18.891,52 €. A Jaime la cantidad de la oferta le parecía poca, por lo que le pidió al abogado del seguro que le explicara la razón y el desglose de la oferta, la respuesta fue: "esto son lentejas, o las tomas o las dejas".

Si bien nuestro refranero es un bien cultural inmaterial de enorme valor en nuestra cultura, la respuesta del abogado del seguro denota una falta de respeto absoluta por su profesión y por la atención a un lesionado en un accidente de tráfico.

Esta respuesta provocó que Jaime buscara el asesoramiento legal de un despacho de abogados externo y terminó llamando a nuestro teléfono de atención directa al lesionado. A la semana siguiente, Jaime viajó de Mérida a Madrid para conocernos con su mujer. Al día siguiente ya éramos sus abogados.

¿Cómo tuvo lugar el accidente de Jaime?

Jaime se encontraba circulando dentro de una rotonda, cuando procede a realizar la salida de la rotonda, previo uso del intermitente, un vehículo que pretendía realizar la misma maniobra y que se encuentra en el carril interno de la glorieta acelera para realizar la salida de la misma y provoca que nuestro cliente colisione lateralmente con el vehículo que ha invadido su carril.

El informe pericial determina lo siguiente sobre la mecánica del accidente:

"El lesionado Sr. Jaime XXX XXX, padeció un accidente de circulación en fecha 17/05/20XX. Conduciendo su coche padeció una colisión lateral izquierda por otro vehículo, saltando el airbag lateral del vehículo y produciéndose lesiones físicas."

Una vez personada la fuerza instructora y realizadas la diligencias correspondientes por la policía de Mérida, el atestado es claro en relación a la culpabilidad. Nuestro cliente había realizado correctamente la maniobra y el otro conductor ha producido el accidente de tráfico en esa rotonda de Mérida.

El accidente de tráfico produce en Jaime una hipoacusia súbita del oído izquierdo tras traumatismo craneal como consecuencia del impacto lateral así como policontusiones. Como podemos ver, un impacto lateral en accidente de tráfico puede desembocar en una lesiones permanentes que no solemos valorar inicialmente al producirse el funcionamiento del airbag lateral del vehículo.

Una vez que Jaime vio estabilizadas sus lesiones, el abogado designado por el seguro, envió la documentación médica al área de tramitación de accidentes de tráfico del seguro responsable. Como es normal, y no requiere mucha explicación, la tramitadora del seguro responsable envió una oferta motivada por la cantidad de 18.891,52 € que ni mucho menos correspondía a lo que finalmente Jaime ha recibido en concepto de indemnización por sus lesiones.

¿Qué error encontramos en este expediente? ¿Cómo tratar la reclamación de hipoacusia o sordera tras accidente de tráfico?

Cuando Jaime contactó con nosotros, fue porque las explicaciones del abogado del seguro no le convencían. En nuestra primera visita, le explicamos cómo trabajan las aseguradoras y comprendió el problema: había puesto a cuidar el corral al zorro.

Una vez que Jaime nos contrató, lo primero que hicimos fue derivar a Jaime a un médico especialista en valoración del daño corporal y, más concretamente al mejor especialista en periciales médicas de la especialidad de otorrinolaringología.

¿Qué errores había cometido el abogado de la compañía aseguradora? En primer lugar, y lo más importante, no darle a Jaime el trato profesional que requería. Más allá de los conocimientos jurídicos que un abogado tenga, el respeto por su cliente y capacidad de empatizar con él son la base de la relación abogado-cliente.

En concreto, observamos dos deficiencias muy graves en la reclamación:

1º.- No se había realizado una Solicitud de Oferta Motivada, comúnmente conocida como SOM.

La solicitud de oferta motivada es el documento que contiene una detallada relación de elementos que se reclaman a la aseguradora y que viene acompañada por la documentación que acredita esa solicitud. Muchos abogados envían la documentación en bruto al seguro (informes médicos, documentos de rehabilitación, facturas abonadas por el lesionado,...) y esperan que el tramitador del seguro responsable estudie la documentación y envíe la Oferta Motivada a la que viene obligada la aseguradora.

Esto es un error absoluto, porque el abogado reclamante pierde el control sobre lo que está reclamando. Lo voy a dejar claro, si tu abogado no envía una SOM, lo mejor es que cambies cuanto antes de abogado porque pretende que el seguro le haga una oferta y esta reclamación requiere que sea tu abogado el que lleve la iniciativa siempre.

Por otra parte, esta detallada solicitud de oferta motivada, es un trabajo previo de enorme importancia si el día de mañana la reclamación por el accidente de tráfico debe terminar en la vía judicial, como es el caso de estudio que estamos analizando hoy.

2º.- No se había realizado un pericial médica de parte acreditativa de las lesiones.

Otro error incomprensible en este caso, y en otro muchos, es no haber solicitado una pericial médica de parte para conocer exactamente el alcance de las lesiones que sufre el cliente. En derecho, la base de cualquier reclamación es la acreditación de lo reclamado, por lo que no realizar una pericial es reclamar sin fundamento alguno.

Puede parecer mentira, pero en este despacho nos hemos encontrado muchísimos casos como este en los que ya no podemos hacer nada porque el lesionado, cuando llega al despacho, ya ha aceptado la indemnización con renuncia a cualquier otra acción. Es fundamental ponerse en manos expertas desde el primer momento.

Expuesto lo anterior y con la intención de acreditar la hipoacusia o sordera tras el accidente de tráfico de Jaime nos propusimos encontrar el mejor perito médico experto en valoración del daño corporal especializado en otorrinolaringología, y lo encontramos.

La pericial médica para acreditar la hipoacusia o sordera de Jaime en el accidente

Tras el estudio de la documentación médica, antecedentes y realización de las pruebas correspondientes y certificadas para acreditar la lesión de Jaime, el informe pericial finalmente entregado por el médico acreditaba lo siguiente:

  • Causalidad: Después del examen de toda la documental aportada, así como de las exploraciones realizadas, estimamos que existe un nexo causal potencialmente cierto, total y directo entre las lesiones sufridas por el Sr. Jaime XXX XXX en el accidente, el tratamiento recibido y las secuelas que actualmente presenta, al cumplirse todos los CRITERIOS DE CAUSALIDAD que están reconocidos en el ámbito de la Medicina Legal y Forense, en especial los de Exclusión, Cronológico, Topográfico y de Intensidad.
  • Sanidad: El tiempo total para alcanzar la sanidad ha sido de 113 días. Se contabiliza el periodo de tiempo en días transcurridos desde la fecha del accidente, 17/05/20XX, hasta el día de alta médica de fecha 06/09/20XX, de los cuales:
    • Número de días de perjuicio muy grave: no constan.
    • Número de días de perjuicio grave: no constan.
    • Número de días de perjuicio moderado: 102 días. Se valora, los días transcurridos desde la fecha del accidente de día 17/05/20XX hasta la fecha de Alta laboral de día 26/08/20XX. Coinciden con los días de Baja laboral.
    • Número de días de perjuicio básico: Se valora, los días transcurridos desde la fecha del accidente, de día 27/08/20XX hasta la fecha de Alta médica por estabilización lesional, del día 05/09/20XX.
  • Secuelas:
    • A.-) Secuelas concurrentes.
    • - 02028 - Pérdida de la agudeza auditiva total (1-70 puntos): Se ha valorado el déficit auditivo tras la exploración clínica completa y de pruebas audiométricas. La pérdida auditiva media se ha calculado, según Baremo de la Ley 35/2015, teniendo en cuenta la deficiencia tonal de Decibelios en la Conducción aérea auditiva, sobre las frecuencias 500, 1000, 2000 y 4000 Hercios (Hz), valorándose en 32 puntos. Se ha evaluado también las posibles distorsiones auditivas o de hipersensibilidad auditiva, con presencia de Fenómeno de reclutamiento, que ocurre en los lesionados con pérdida auditiva moderada-severa, por hipoacusia neurosensorial postraumática. El lesionado presenta una especial dificultad para escuchar y comprender las voces de intensidad baja y gran incomodidad cuando las voces tienen una alta intensidad. Se valora en 3 puntos.
    • B) Secuelas interagravatorias: no presenta.
    • C) Secuelas agravatorias de estado previo: no presenta.
  • TOTAL PUNTUACIÓN SECUELAS PSICOFÍSICAS (tras aplicar Fórmula de Balthazar): 35 PUNTOS.
    • Secuelas Estéticas:
    • - 11002 - Perjuicio estético moderado (7-13): Se valora en 7 puntos, el perjuicio estético derivado por la presencia con carácter permanente de la prótesis auditiva externa que debe portar en su oído izquierdo. Se adjunta imagen fotográfica del lesionado con la prótesis auditiva.
  • Intervenciones quirúrgicas: no practicadas.
  • Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida por secuelas: se valora en leve en grado alto, las limitaciones funcionales y dificultades secundarias a las secuelas, las cuales interfieren para el desempeño de su actividad laboral habitual y para la realización de otras actividades de la vida diaria, como son las sociales, las de ocio y la práctica de deporte.

Con el resultado de esta pericial y con toda la documentación médica, técnica y pericial, nos dispusimos a realizar la solicitud de oferta motivada y enviarla a la compañía aseguradora responsable. Al recibirla, la compañía de seguros solicitó un contra pericial por parte de sus servicios médicos.

Este movimiento de la aseguradora nos indicó que la oferta inicial que le había ofrecido a Jaime el anterior abogado de la compañía de seguros, no llegaba a cubrir ni la mitad de lo que realmente le correspondía y que ascendía a 18.891,52 €.

La compañía de seguros nos envió una segunda oferta motivada que ya se incrementaba en 6.268,03 € después de nuestro trabajo.

Una vez explicada a Jaime nuestra estrategia y ofrecerle iniciar la reclamación judicial, este nos dio el visto bueno para interponer la demanda frente a la compañía aseguradora para reclamar los 20.372,73 € que nosotros entendíamos que le correspondía a Jaime por su hipoacusia en accidente de tráfico.

Reclamación judicial de Jaime por su hipoacusia o sordera en accidente de tráfico

Tras interponer la correspondiente demanda frente a la aseguradora y la celebración del juicio, obtuvimos una sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº5 de Mérida por la que se estimaba nuestra reclamación y se obligaba a la aseguradora demandada al abono de 20.372,73 € en favor de Jaime.

Como puedes ver, la historia tiene un final feliz y es el resultado de una combinación de factores muy importantes. El trabajo conjunto de los abogados que contrates, con los profesionales médicos, el perito de parte y el área de tramitación extrajudicial de un despacho de abogados experto en accidentes de tráfico es el pilar de una reclamación exitosa y ajustada a lo que realmente debes cobrar.

En Ius & Lex llevamos años atendiendo a clientes y reclamando sus indemnizaciones con un método propio que se ha revelado exitoso porque se basa en la experiencia acumulada de cada uno de nosotros, en un profundo conocimiento del derecho aplicable a estos casos y una dedicación muy exclusiva al cliente.

Por desgracia, no siempre podemos ayudar a un posible cliente. En muchas ocasiones, el cliente se ha dejado asesorar o por un abogado generalista o por el abogado de la compañía en el mejor de los casos, cerrando la indemnización y, una vez terminado el plazo acudiendo a nosotros.

Ni que decir tiene que enfrentarse a un reclamación por accidente de tráfico solo frente a la aseguradora es la peor de las decisiones que se pueden tomar.

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Don Noe Munoz Barallobre
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