Indemnización por fractura de tibia y peroné en accidente de tráfico
La fractura de tibia y peroné es una lesión que puede suceder en un accidente de tráfico, pero también en escenarios muy distintos como resbalones en una calle mal pavimentada o caídas en suelos resbaladizos. Afortunadamente, este tipo de fracturas, con el correcto tratamiento y un periodo de rehabilitación profesional, no suele acarrear apenas secuelas para el afectado.
A pesar de ello, es una lesión que requiere de un tiempo prolongado de recuperación y que inhabilita al damnificado durante un periodo de su vida. Por ello, mereces una indemnización si has sufrido una fractura de tibia y peroné en un accidente.
Aunque puede parecer un proceso complicado, en Ius & Lex queremos simplificártelo para que solo te tengas que preocupar de tu pronta recuperación. Nuestros abogados se encargarán de analizar tu caso y reclamar la indemnización que te corresponde en base a tus circunstancias.
No dejes de reclamar lo que es tuyo. Contacta con nosotros para empezar a ayudarte.
¿Cómo se produce una fractura de tibia y peroné?
La tibia y el peroné son dos huesos ubicados en la parte inferior de la pierna, concretamente entre la articulación de la rodilla y la del tobillo. Son los huesos que soportan la mayor parte del peso del cuerpo (sobre todo la tibia). Normalmente la fractura de estos huesos se producen cuando, con el pie anclado al suelo, la persona realiza una torsión brusca de la extremidad, o bien tras un fuerte impacto en la zona.
En los casos en los que no se produce desplazamiento la fractura se soluciona sin cirugía. Sin embargo, sí será necesario realizar una intervención quirúrgica cuando se requiera colocar algún tipo de material de osteosíntesis.
Desgraciadamente, esta es una lesión que inhabilita a la persona afectada pues, incluso en los casos más leves, el lesionado no podrá apoyar el pie hasta el decimoquinto día. Además, tras el tratamiento médico será necesario un proceso de rehabilitación para reforzar la pierna y volver a caminar con normalidad.
Suelen producirse en la parte media del hueso o en la zona más próxima a la rodilla o al tobillo, es decir, cerca de las articulaciones.
Tiempo de curación aproximado: 90-120 días
Lo más normal es que la tibia y el peroné se fracturen de manera conjunta. Los síntomas, por tanto, de este tipo de lesión es un dolor intenso en el momento de la fractura, hinchazón de la zona y dificultad (si no incapacidad) para poder caminar o soportar peso con la pierna afectada.
Debido a lo fina que es la piel de la zona, no es raro que se produzca una fractura abierta, es decir, que el hueso atraviese la piel y quede completamente descubierto. Esto es uno de los casos más graves, pero no tiene por qué suceder siempre. Cuando la rotura del hueso es cerrada lo normal es observar una deformidad considerable de la zona.
Es importante que tomes fotos de la fractura en el momento en el que esta se ha producido, sobre todo si son abiertas o expuestas, por desagradable que pueda parecer. De esta manera podrás demostrar la gravedad de tu lesión.
¿Qué secuelas quedan después de una fractura de tibia y peroné?
El tiempo que tardas en recuperarte de tu lesión es lo que determina el importe de la indemnización que recibes. El intervalo de tiempo que se tiene en cuenta es el que va desde el minuto 1 del accidente hasta el momento en el que obtienes el alta laboral y consigues retomar tu vida diaria.
Sin embargo, la indemnización será mayor si sufres secuelas después de tu accidente. Estas secuelas se tienen en consideración una vez finalizado todos los tratamientos médicos y de rehabilitación de tu fractura de tibia y peroné.
Secuelas tras una fractura de tibia y peroné
6. Pierna | ||
Código | Descripción de la secuela | Puntos de secuela |
Pseudoartrosis de tibia inoperable | ||
03208 | - Sin infección | 25 |
03209 | - Con infección activa | 30 |
Consolidaciones en rotación y/o angulaciones | ||
03210 | - De 1º a 10º | 1-4 |
03211 | - Más de 10º | 5-10 |
03212 | Osteomielitis de tibia | 20 |
03213 | Material de osteosíntesis tibia o peroné | 1-6 |
Las secuelas que procedan de tu fractura de tibia y peroné deben verse reflejadas en la prestación que recibas tras tu accidente.
La pseudoartrosis de tibia inoperable es una afección que ocasiona que el hueso no se estabilice correctamente tras la factura. Requiere, pues, de una nueva intervención quirúrgica, ya que de otra manera el organismo por su propia cuenta no fusionaría los fragmentos de hueso que se encuentran separados.
Las fracturas de tibia de hecho son las que menos probabilidades tienen de consolidarse correctamente.
Puede considerarse pseudoartrosis si pasados los 9 meses no ha habido señal de mejora.
También puede ocurrir que la consolidación del hueso se produzca de manera natural en rotación o con angulaciones. Lo que esto produce es que los fragmentos del hueso se unan en posiciones anormales, no anatómicas, y se pueda observar una deformidad de la extremidad. Las consecuencias de ello es que el afectado sienta dolor y no pueda caminar con normalidad.
La osteomielitis de tibia es una infección del hueso que ocasiona dolor constante en la zona afectada. Sucede cuando los fragmentos del hueso que se han desplazado son expuestos a gérmenes. También el tejido cercano y el torrente sanguíneo que baña el hueso puede transportar una infección que afecte a la tibia y el peroné fracturados.
El material de osteosíntesis son todos los dispositivos empleados para unir los segmentos del hueso fracturado. Pueden ser clavos, tornillos, varillas o placas. El coste de estos materiales es considerado como parte de las secuelas y debe verse reflejado en la indemnización que recibe el lesionado.
Ahora bien, aunque estas son las principales secuelas que puedes sufrir tras una fractura de tibia y peroné, hay que tener en cuenta también los casos más extremos. Estos son cuando se producen secuelas motoras y sensitivomotoras de origen periférico que llevan a la parálisis o la paresia de la extremidad inferior afectada.
En alguna ocasión los nervios que rodean a la tibia y el peroné puede verse dañados cuando el accidente es de una gravedad considerable. Esto puede conducir a la pérdida de las funciones musculares del miembro inferior del cuerpo (parálisis) o, al menos, a la debilidad de los músculos de la zona de una manera más leve o moderada (paresia).
Sabemos que es mucha información la que debes conocer pues las lesiones en accidentes son situaciones muy complicadas. Por ello, en Ius & Lex ponemos a tu disposición nuestros servicios para que de lo único que te tengas que preocupar es de recuperarte.
Cada caso es un mundo y cada situación varía de una a otra. Es por esto por lo que nuestros abogados especializados se encargarán de revisar cada suceso de forma minuciosa y detallada. De esta manera, conseguiremos reclamar la indemnización por fractura de tibia y peroné que realmente te mereces.
No te conformes con menos. Deja que en Ius & Lex te ayudemos.
¿Cuándo puedo caminar después de una cirugía de tibia y peroné? Baja laboral
El tiempo de recuperación que lleva una fractura de tibia y peroné varía de una persona a otra, por ello es esencial conocer las características de cada caso y en base a ello calcular la prestación que debe recibir el afectado.
Si bien, muchas veces lo que más preocupa al lesionado es cuándo podrá caminar de nuevo tras una fractura de tibia y peroné, las cuales requieren prácticamente siempre de una intervención quirúrgica y de la inmovilización de la extremidad inferior por al menos 15 días.
Una lesión de este tipo casi siempre va a ocasionar que la persona afectada deba pedir la baja laboral pues, como pronto, podrá recuperar su vida normal tras 90 días de rehabilitación.
A continuación te explicamos todo lo que tienes que saber para calcular la indemnización que deberías recibir tras tu fractura de tibia y peroné en un accidente.
Las aseguradoras suelen intentar que la prestación otorgada al lesionado sea menor de la que realmente le corresponde. Por ello, en Ius & Lex te aportamos información útil para que tú mismo conozcas la cuantía a la que deberías tener acceso.
Con todo, no olvides que puedes contactar con nuestros abogados para que valoren tu caso de manera aislada y te asistan en este complicado proceso. Nosotros te escuchamos.
¿Cómo se calcula una indemnización por fractura de tibia y peroné?
Para calcular la indemnización que corresponde tras un accidente se tienen en cuenta dos factores:
- Lesiones temporales (incapacidad temporal) → son las que comprenden desde el accidente hasta la finalización del proceso de curación de la lesión o, al menos, hasta el momento de estabilización de la misma, dando paso a las posteriores secuelas, si se diesen.
- Secuelas (incapacidad permanente) → son las deficiencias de cualquier tipo que pueden derivar de la lesión y que se mantienen tras haber concluido el proceso de curación.
Cada día de tratamiento supone una compensación económica. Las sesiones de rehabilitación del lesionado se clasifican en función de la gravedad de las mismas. Teniendo esto en cuenta, la indemnización seguiría el siguiente esquema:
Indemnización por lesiones temporales
Las lesiones temporales (tabla 3) se dividen en tres a su vez.
- Perjuicio Personal Básico (tabla 3.A) → es el «perjuicio común» (art. 136, ley 35/2015), es decir, los daños ocurridos al lesionado desde el accidente hasta que acaba el proceso de curación.
- Perjuicio Personal Particular (tabla 3.B) → tiene que ver con la «pérdida temporal de calidad de vida» (art. 137) que se deriva de las limitaciones que han ocasionado las lesiones sufridas en el accidente y su posterior tratamiento.
En este caso, sí se tiene en cuenta el grado del perjuicio: la limitación de la autonomía personal puede ser considerada moderada, grave o muy grave.
- Perjuicio Patrimonial (tabla 3.C) → se calcula en base a dos conceptos, el daño emergente y el lucro cesante.
- El daño emergente corresponde a todos los gastos de asistencia sanitaria (art. 141) y los posteriores gastos diversos (art. 142) que el lesionado pueda necesitar para continuar con su vida ordinaria hasta el final del proceso de curación.
- El lucro cesante comprende la «pérdida o disminución temporal de ingresos netos» (art. 143) que sufrirá el lesionado al no haber podido desempeñar su actividad laboral con normalidad tras el accidente.
Las valoraciones económicas de cada uno de estos perjuicios se calculan en base a la siguiente tabla (Baremo 2022):
Tabla 3 | |
Tabla 3.A Perjuicio Personal Básico | |
Indemnización por día | 32,91 € |
Tabla 3.B Perjuicio Personal Particular | |
Por pérdida temporal de calidad de vida | |
Indemnización por día (incluye la indemnización por perjuicio básico) | |
Muy grave | 109,70 € |
Grave | 82,28 € |
Moderado | 57,04 € |
Por cada intervención quirúrgica | De 438,80 € hasta 1.755,21 € |
Tabla 3.C Perjuicio Patrimonial | |
Gastos de asistencia sanitaria | su importe |
Gastos diversos resarcibles | su importe |
Lucro cesante | su importe |
Ejemplo de indemnización por lesiones temporales
Veamos un ejemplo. Alba, de 41 años, ha recibido un fuerte impacto en su pierna derecha durante un accidente y esto le ha ocasionado una fractura de tibia y peroné en la parte media del hueso. La fractura es expuesta por lo que la atienden en el hospital de urgencia. Este es un resumen de su incapacidad temporal:
Tiempo de curación: 143 días + 4 días hospitalizada ⇒ 105 de ellos Alba no pudo desarrollar con normalidad las tareas de su día a día y necesitó de la ayuda de una tercera persona hasta que la lesión se curase.
Consideramos los 4 días de hospitalización como Perjuicio Personal Particular grave por el dolor ocasionado por la fractura y su cirugía = 329,12 €
105 días de Perjuicio Personal Particular moderado (los días que ya no estuvo hospitalizada, pero estuvo impedida por las características de su lesión y no pudo continuar con su actividad laboral) = 5.989,20 €
38 días de Perjuicio Personal Básico que son los días en los que la lesión perdura, pero Alba ya ha podido retomar su vida con más o menos limitaciones. Es lo que se conoce como «perjuicio común» = 1.250,58 €
Una fractura expuesta de tibia y peroné como la de Alba requiere de una operación quirúrgica para la estabilización y consolidación del hueso. En este caso existen varios tipos de cirugía según el tipo de fractura (fijación interna, fijación externa, reducción cerrada, clavo intramedular...).
A nuestra afectada le han tenido que colocar un clavo intramedular en su pierna derecha. Esto es una varilla situada en la cavidad medular del hueso junto con 2 clavos atornillados a cada extremo del mismo. De esta manera se consigue estabilizar los fragmentos del hueso fracturados.
Estas varillas y clavos es lo que se considera material de osteosíntesis y su importe, junto con el de la cirugía, deberá ser comunicado en el informe médico emitido tras la operación. Alba tiene derecho a ser resarcida de estos gastos.
La intervención quirúrgica a la que ha sido sometida Alba es considerada un concepto indemnizable independiente. La cuantía de esta operación deberá ser establecida por los médicos y comunicada a la aseguradora. Para ello, se deberá tener en cuenta las características de la cirugía, su complejidad y la clase de anestesia empleada en la misma.
Por otro lado, hemos hablado del Perjuicio Patrimonial que contempla el daño emergente y el lucro cesante. En el caso del primero, se deberá indemnizar a Alba el coste de las muletas que ha tenido que comprar para poder caminar tras la fractura.
En el caso del lucro cesante, al haber estado 105 días de baja laboral se tiene que tener en cuenta los ingresos que habría recibido durante este periodo de tiempo observando sus nóminas pasadas y haciendo un estudio de lo que ha dejado de ganar en esos meses por culpa de la lesión.
En total = 7.568,90 € en indemnización por incapacidad temporal + gastos de la intervención quirúrgica, gastos de asistencia sanitaria y lucro cesante.
Indemnización por secuelas
Las secuelas o incapacidad permanente (tabla 2) son aquellos daños que se mantienen una vez han terminado las lesiones temporales y el proceso de curación y rehabilitación ha concluido. Las secuelas también se dividen en tres:
- Perjuicio Personal Básico → la valoración económica, en este caso, se realiza en base a dos tablas.
- El Baremo Médico (tabla 2.A.1) establece los puntos de secuela, es decir, el porcentaje que se le otorga a cada secuela en base al «perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial permanente» (art. 96) que ha sufrido el lesionado.
- El máximo que otorga el baremo médico en este caso es de cien puntos.
- Además de este perjuicio, el baremo médico incluye el perjuicio estético que puede derivar de las secuelas, pudiendo alcanzar un máximo de cincuenta puntos.
- El Baremo Económico (tabla 2.A.2) toma los puntos de secuela y, en base a estos y la edad del lesionado, establece una cuantía que deberá ser abonada al afectado del accidente en forma de indemnización.
- El Baremo Médico (tabla 2.A.1) establece los puntos de secuela, es decir, el porcentaje que se le otorga a cada secuela en base al «perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial permanente» (art. 96) que ha sufrido el lesionado.
Es importante señalar que cuando se valoran los puntos de secuela, se diferencia entre:
- Secuelas concurrentes → son derivadas del mismo accidente.
- Secuelas interagravatorias → son secuelas concurrentes que por su mutua influencia provocan la agravación de todas ellas.
- Secuelas agravatorias de estado previo → aquella que agudiza una secuela previa ya contemplada anteriormente
- Perjuicio Personal Particular (daños morales) → en el caso del perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial (art. 105), se contempla en dos ocasiones:
- Cuando una sola secuela alcanza los 60 puntos.
- Cuando la suma de las secuelas concurrentes llega hasta los 80 puntos o más.
- Con respecto al perjuicio estético (art. 106), solo se recibirá indemnización por Perjuicio Personal Particular cuando este supere los 36 puntos.
- Perjuicio Patrimonial → también dividido en daño emergente y lucro cesante.
- El daño emergente contempla los gastos previsibles futuros de asistencia sanitaria (art. 113), de los cuales el lesionado se verá resarcido en caso de necesitarlos, así como del importe de las posibles prótesis y órtesis (art. 115), de la rehabilitación del domicilio (art. 116), de los medios de apoyo necesarios para su autonomía personal (art. 117), del incremento de los costes de su movilidad (art. 119) y de la necesidad de solicitar ayuda a terceras personas (art. 120).
- Con respecto al lucro cesante, esto correspondería a los lesionados que tras su accidente desencadenan una incapacidad laboral permanente (total o parcial).
- Para calcular la indemnización por lucro cesante se debe atender a la pérdida o disminución neta de los ingresos que el lesionado debería estar recibiendo por su trabajo si el accidente nunca hubiese acontecido.
Ejemplo de indemnización por secuelas
Aunque para la calcular la indemnización por incapacidad temporal no es necesario tener en cuenta la edad de la lesionada, ahora sí. Recordemos nuestros ejemplo: Alba, una mujer de 41 años, presenta una fractura de tibia y peroné y el hueso ha llegado a atravesar la piel.
Por suerte, las secuelas de la lesión de Alba no son muy graves. Tras la primera cirugía el hueso ha consolidado correctamente, aunque con una ligera angulación de pocos grados. Esto le otorga 2 puntos de secuela.
No presenta pseudoartrosis de tibia por tanto y el hueso tampoco se ha visto afectado por ninguna infección, por lo que no ha sufrido osteomielitis de tibia.
Ahora bien, las varillas y tornillos empleados para consolidar el hueso y que los fragmentos fracturados retomasen su posición anatómica normal (que es lo que previamente hemos llamado material de osteosíntesis) se consideran secuela. Por ellos, recibe 4 puntos más.
Una vez valoradas las secuelas que derivan de su fractura de tibia y peroné, Alba cuenta en total con 6 puntos de secuela por perjuicios fisiológicos.
En base a lo establecido en la tabla 2.A.2, una lesionada de 41 años con 6 puntos recibiría una indemnización de 5.726,94 €
Al no superar los 60 u 80 puntos de secuela, no recibe indemnización por Perjuicio Personal Particular. Tampoco se percibe la necesidad de una compensación por Perjuicio Patrimonial ya que no necesita prótesis o arreglos en su hogar debido a la lesión (en general no cuenta con gastos por asistencia sanitaria futura), y por haber podido retomar su actividad laboral una vez finalizado el proceso de rehabilitación.
Algo que sí se le debe añadir son 3 puntos por perjuicio estético ligero derivados de la larga cicatriz que ha dejado la operación quirúrgica en su pierna = 2.714,03 €
Por tanto, el total de la indemnización sería la siguiente:
Indemnización por incapacidad temporal ⇒ 7.568,90 €
Indemnización por secuelas ⇒ 8.440,97 €
Total ⇒ 16.009,87 €
Recomendaciones generales para la reclamación de una indemnización por fractura de tibia y peroné
Ahora ya conoces toda la información acerca de cómo calcular una indemnización por fractura de tibia y peroné en un accidente de cualquier tipo. El siguiente paso es comenzar el proceso para la reclamación de una compensación por tu propio caso particular.
En Ius & Lex te aseguramos que la indemnización que recibes es realmente la que te corresponde y no una suma inferior. Muchas veces las aseguradoras pretenden abonar un importe menor al trabajar con baremos propios o no tener en cuenta muchos daños por secuelas.
Nuestros abogados estarán disponibles en todo momento y estudiarán tu situación con toda la atención que merece. Contacta con nosotros para que podamos empezar a trabajar en ello.
Áreas de especialización:
.- Derecho de los Consumidores y miembro de la Asociación Española de Derecho de Consumo (AEDC).
.- Derecho del Seguro y responsabilidad civil.
.- Derecho Civil.
.- Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) N.º 121.279.